domingo, 25 de abril de 2010

*RENPRE Resolución 360/10* B.O. 23/04/2010

REGISTRO NACIONAL DE PRECURSORES QUIMICOS
ARANCEL DIFERENCIAL
Establecer un arancel diferencial para gestionar el reempadronamiento, inscripción, reinscripción, presentación de los informes previstos en el articulo 7º, inciso 1) de la Ley Nº 26.045, ASI como también cualquier otra presentación por ante el Registro Nacional de Precursores Químicos que deban realizar los hospitales públicos nacionales, provinciales y municipales, las universidades publicas nacionales, las instituciones educativas estatales de la modalidad técnico profesional ya sean de nivel secundario o superior no universitario que implementan actividades de laboratorio químico, físico o biológico como parte de los requisitos obligatorios que dispone la Ley Nº 26.058 y los laboratorios de análisis de las policías y fuerzas de seguridad a que se refiere el articulo 3º de la Ley Nº 24.059 y demás organismos estatales que realizan investigaciones científicas y/o técnicas para el estado nacional, provincial o municipal.
DEROGASE LA RESOLUCION SEDRONAR. Nº 422/03
RENPRE 360/10